Ayuda
Los órganos de participación son canales de encuentro y de interlocución regulares entre la ciudadanía y el Ayuntamiento para debatir y recoger opiniones y propuestas con el fin de incidir en las políticas municipales. (Más información)
A través de decidim.barcelona puedes consultar sus encuentros -ten en cuenta que algunos son privados y otros son abiertos-. Si son abiertos, puedes participar en ellos de diversas maneras: asitiendo, añadiendo puntos en el orden del dia o comentando las propuestas y decisiones tomadas por este órgano.
Consejo de Barrio Sant Andreu de Palomar
#ConsellSantAndreuPalomar Órgano de participación vecinal de Sant Andreu de Palomar
Acerca de este espacio de participación
El Consejo de Barrio Sant Andreu de Palomar es el órgano de participación política de la ciudadanía en las cuestiones que afectan al barrio. Su finalidad es ser un canal de participación efectiva en el desarrollo de políticas públicas de proximidad y convivencia y favorecer la cohesión social y la mejora de la calidad de vida.
El Consejo se reúne como mínimo dos veces al año y es donde se presentan y discuten las principales transformaciones del barrio. Pueden participar todos los vecinos y vecinas del barrio.
En este espacio podréis consultar toda la información presentada en las reunions del Consejo sobre los distintos proyectos en marcha en el barrio, así como las actas de todas las sesiones.
También podréis hacer propuestas sobre temas a tratar en las próximas reuniones del Consejo y dar apoyo o comentar las propuestas hechas por otros usuarios.
Si queréis recibir notificaciones sobre la actividad de este Consejo, sólo tienes que seguir este órgano mediante el icono de la columna derecha de esta página.
Organización interna
El consejo se convoca, como mínimo dos veces el año, una por semestre, y un máximo de cuatro.
Se puede convocar:
- cuando lo proponga la presidencia, a iniciativa propia o a propuesta de las vicepresidencias;
- o una tercera parte de los consejeros y las consejeras que componen el Consejo de Distrito;
- o por iniciativa ciudadana, recogiendo un mínimo de 350 firmas de vecinos y vecinas del barrio.
El orden del día se acuerda en la Comisión de Seguimiento convocada al menos 15 días antes de la sesión del Consejo de Barrio, a partir de las propuestas de las personas que forman parte. Cualquier miembro del Consejo de Barrio puede proponer puntos de la orden del día con una antelación mínima de tres días antes de la Comisión de Seguimiento, que decidirá si los incluye
Las personas interesadas en intervenir en el Consejo de Barrio podrán anunciar previamente el contenido de su intervención en un formulario y remitirlo a la Comisión de Seguimiento. Para proponer puntos a la orden del día y formular intervenciones, lo podéis hacer en este enlace: https://www.decidim.barcelona/assemblies/barrisantandreu/f/2507/
Funcionamiento
- Las sesiones se estructuran en 4 bloques: información de la orden del día y seguimiento de los acuerdos tomados en las sesiones anteriores; presentación y debate de las actuaciones de barrio definidas en la orden del día; información, si se tercia, de los procesos participativos, consultas e iniciativas ciudadanas de interés del barrio; y turno de palabras para la libre exposición de la ciudadanía.
- Las personas representantes de entidades y los ciudadanos y ciudadanas pueden formular las preguntas y sugerencias que deseen sobre cualquier tema relativo al barrio. Intervendrán primero aquellos que hayan presentado previamente el contenido de su intervención.
- Todas las peticiones y propuestas tendrán que ser contestadas en un máximo de 30 días.
- El Consejo de Barrio puede aprobar por una mayoría de dos terceras partes de las persones asistentes que se incluya un punto de la orden del día en el Plenario del Distrito. En este caso, la Comisión de Seguimiento lo solicitará a la Junta de Portavoces que, si lo rechaza, lo tendrá que fundamentar por escrito.
Composición
El Consejo de Barrio está formado por:
un presidencia, cargo ejercido por el regidor o por la regidora del distrito;
una o dos vicepresidencias, a cargo de Andrea Llop;
un consejero o consejera del distrito de cada grupo municipal;
y las entidades y asociaciones del barrio, los grupos o plataformas existentes, los ciudadanos y ciudadanas, vecinos y vecinas del barrio que lo deseen.
Realiza las funciones de secretaria el personal técnico del distrito referente del barrio.
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