Son Puntos de encuentro regular entre el Ayuntamiento y la ciudadania con la misión de recoger y debatir opiniones y propuestas por tal de incidir en las políticas municipales. Pueden ser territoriales (en función del ámbito geográfico) o sectoriales (ámbit de actuación según el tema), y toman diferentes formas según su finalidad, como para consejos, pactos y acuerdos y audiencias públicas.
En todos los casos y con la voluntad de garantizar la pluralidad, deben incorporar a personas vinculadas al Ayuntamiento y personas no vinculadas a ninguna otra Administración Pública. En el caso de los órganos sectoriales, también se pueden incorporar voces expertas en el ámbito específico del órgano y que representen como máximo a un tercio del total de sus integrantes.
Para garantizar la riqueza de miradas y de voces, la composición de los órganos de participación se basa en criterios de pluralidad, cosa que posibilita que tenga presencia la misma diversidad de opiniones y perspectivas que caracterizan Barcelona.
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