ANEXO X. Rutas marcadas para la circulación de vehículos de movilidad personal de uso de actividad económica
La Ordenanza de 27 de noviembre de 1998 de circulación de peatones y vehículos queda modificada en estos términos:
Veintitrés.- Se modifica el Anexo X, que queda redactado así:
ANEXO X. Rutas marcadas para la circulación de vehículos de movilidad personal de uso de actividad económica

Este anexo puede ser modificado por Decreto de Alcaldía, a propuesta del concejal o concejala competente en materia de movilidad. La aprobación de la modificación del anexo debe seguir el procedimiento de aprobación de las disposiciones de carácter general.
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