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ANEXO X. Rutas marcadas para la circulación de vehículos de movilidad personal de uso de actividad económica

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La Ordenanza de 27 de noviembre de 1998 de circulación de peatones y vehículos queda modificada en estos términos:
Veintitrés.- Se modifica el Anexo X, que queda redactado así:
ANEXO X. Rutas marcadas para la circulación de vehículos de movilidad personal de uso de actividad económica

pl-nol

Este anexo puede ser modificado por Decreto de Alcaldía, a propuesta del concejal o concejala competente en materia de movilidad. La aprobación de la modificación del anexo debe seguir el procedimiento de aprobación de las disposiciones de carácter general.

El debate se cerró el 01/03/2023 08:56 con estas conclusiones:

¡Muchas gracias por todas las aportaciones! Las recogemos todas y las incluiremos en los resultados.

Usa los comentarios para hacernos llegar tus aportaciones sobre este artículo.
Por favor indica el párrafo o apartado sobre el que quieres realizar una aportación o plantear una propuesta de modificación, justificando el cambio propuesto.

A través de este enlace puedes consultar el artículo 71ter, que incloye el ANEXO X, donde encontrarás las modificaciones destacadas en azúl (texto en catalán).
Consultar el texto original completo de la Ordenanza de circulación de peatones y vehículos (enero 1999) (texto en catalán).
Consultar el texto consolidado de la Ordenanza de circulación y vehículos (texto en catalán).
Consultar el texto completo de la propuesta de las modificaciones de la Ordenanza de circulación y vehículos (2023) (texto en catalán)

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