En el capítulo primero se incluyen las disposiciones generales: se define el objeto del Reglamento y los principios de los diferentes canales e instrumentos de participación, se concreta el ámbito de aplicación subjetiva de la norma, se proclama el derecho a la participación ciudadana y se recogen una serie de definiciones de conceptos que aparecen en el texto articulado de la norma, para su mejor interpretación y entendimiento. Finalmente, se recuerda que la Alcaldía, en ejercicio de sus atribuciones en materia de organización administrativa, puede crear la organización administrativa que considere más adecuada para dotar de la máxima eficacia los canales de participación establecidos en el Reglamento y para poder gestionar todas las acciones derivadas de su utilización, buscando la máxima coordinación con las diferentes unidades administrativa que pueden intervenir.
A través de este enlace puedes consultar el texto para este capítulo que se propone que sea aprobado en el nuevo Reglamento. Los textos modificados respecto al Reglamento del 2017 señalan en amarillo.
Si quieres consultar el mismo capítulo de la versión del Reglamento aprobado en 2017 puedes hacerlo en este enlace.
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