Capítulo 4. Los órganos de participación
El capítulo cuarto establece los órganos de participación, tanto los de ámbito sectorial como los de ámbito territorial. Entre estos últimos, se regulan el Consejo de Ciudad y los consejos de barrio, tal como hacían las normas reguladoras de participación ciudadana vigentes hasta ahora. También se prevé la suscripción de pactos y acuerdos para fomentar espacios de debate y diálogo con personas o entidades en varios sectores de actuación municipal.
A través de este enlace puedes consultar el texto para este capítulo que se propone que sea aprobado en el nuevo Reglamento. Los textos modificados respecto al Reglamento del 2017 señalan en amarillo.
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