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Finalidad y régimen jurídico

Se pueden presentar proyectos o trabajos que tengan como finalidad:
  • Promover campañas y acciones de información y sensibilización comunitaria para la defensa de la libertad sexual de las mujeres en toda su diversidad, y para el respeto a la diversidad de relaciones y deseos.

  • Impulsar proyectos de información y atención hacia los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres en la ciudad y la prevención de la vulneración de estos derechos.

  • Llevar a cabo acciones en materia de educación afectiva sexual que promuevan el libre desarrollo de niños y niñas, y jóvenes, y que ayuden a avanzar en unas relaciones respetuosas e igualitarias y romper los estereotipos sexistas.

  • Implantar acciones para la promoción del derecho al libre desarrollo sexual y la igualdad de trato y no discriminación por razón de género, identidad sexual u orientación sexual.

  • Impulsar acciones que cuestionen a los imaginarios patriarcales y heretonormativos sobre el cuerpo, el deseo y la sexualidad de las mujeres en toda su diversidad, y en las diferentes etapas del ciclo vital de las mujeres, dando visibilidad a los cuerpos no normativos y disidentes, y reivindicar el cuerpo como fuente de placer.

  • Promover la difusión de experiencias y la creación de nuevos imaginarios que pongan el foco en la capacidad de resiliencia y en los procesos de empoderamiento de las mujeres en toda su diversidad, en relación al libre desarrollo de la libertad sexual.


Los proyectos deben tener las siguientes características:
  • Es necesario que sean inéditos o se hayan iniciado durante el año en curso de la convocatoria (en ningún caso pueden ser proyectos terminados).

  • Deben desarrollarse desde una perspectiva de género y de justicia social.

  • Deben poner en el centro los procesos de empoderamiento, participación y promoción de derechos de las mujeres.

  • Tienen que incluir la perspectiva interseccional, teniendo en cuenta otros factores de desigualdad, como el origen, la edad, la diversidad funcional, la orientación y la identidad sexual, la clase social o la estructura familiar, entre otros. otros, que se combinan para determinar el acceso a los derechos y oportunidades de las mujeres en toda su diversidad.

  • Deben materializarse en acciones concretas de aplicación práctica, que se lleven a cabo en la ciudad de Barcelona, a escala de distrito o de ciudad.

  • Tienen que estar redactados con un lenguaje inclusivo y no sexista. En el cuerpo de la presentación del proyecto debe constar el compromiso de que, si el proyecto es premiado, toda la comunicación, las imágenes y el lenguaje que se utilice sea inclusivo y no sexista.


El régimen jurídico se determina en las Bases generales reguladoras publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona en fecha 27 de noviembre de 2017.

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