El Ayuntamiento de Barcelona ya impulsó y tramitó la modificación del Plan General Metropolitano para la declaración de área de tanteo y retracto en la ciudad de Barcelona y definir los plazos de edificación en el término municipal de Barcelona, que se aprobó en fecha 5 de diciembre de 2018. Desde la aprobación de la MPGM se han adquirido 21 fincas que suman 291 viviendas en la Ciudad.
Con esta Ordenanza se busca ir un paso más allá y, a todos los efectos, se prevé una mayor precisión, detalle y claridad de la información que la propiedad debe proporcionar para que la Administración ejerza, directamente o en favor de terceros, los derechos de tanteo y retracto, a fin de incidir en una mejora de las condiciones de transparencia y seguridad jurídica de las operaciones de transmisión.
En este sentido, se plantea llevar a cabo un proceso participativo que tiene como finalidad generar un debate ciudadano en torno al articulado de la Ordenanza de tanteo y retracto, poniendo especial énfasis en los sistemas y criterios de aplicación de la misma.
Para alcanzar este objetivo se plantean los siguientes objetivos operativos:
Comunicar y divulgar los trabajos técnicos en relación con los sistemas de regulación del tanteo y retracto.
Informar de los espacios y mecanismos que permitan la implicación de la ciudadanía y de sectores económicos, técnicos y sociales interesados en la elaboración de la Ordenanza.
Promover un debate que permita incorporar el conocimiento, necesidades y visión de todos los sectores implicados e interesados.
Facilitar el contraste y la recopilación de información y propuestas para complementar los trabajos técnicos de redacción de la Ordenanza.
Facilitar el seguimiento del proceso de tramitación de la Ordenanza.
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