La petición no es objeto del ámbito material que aborda la MPGM sobre la regulación del uso de vivienda. Esta MPGM tiene como finalidad preservar el uso de la vivienda habitual y permanente en la ciudad de Barcelona, para dar cumplimiento al principio de desarrollo urbanístico territorial y urbano sostenible, en un contexto de sustitución de ese uso de la vivienda por otros usos que reducen la oferta de vivienda habitual y permanente en el mercado inmobiliario. Con este objetivo, la MPGM define los diferentes usos en el uso de vivienda, se señalan los que pueden estar sometidos a condiciones o limitaciones en su implantación y se establecen las habilitaciones correspondientes al planeamiento derivado y las ordenanzas para concretarlas.
En relación a su propuesta, informar que el artículo 52 del Decreto 209/2023, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Código de accesibilidad de Cataluña prevé en las programación anual de viviendas de promoción pública; los proyectos de viviendas de cualquier otro carácter que construya, promueva o subvencione el sector público, y las promociones de viviendas de iniciativa privada que se acojan a la calificación de vivienda de protección oficial, exceptuando las viviendas para uso propio promovidas por cooperativas o comunidades de propietarios, una reserva de un porcentaje de unidades accesibles reducida permanente.
Compartir