Modificación de la Ordenanza de Circulación de peatones y de vehículos
#OrdenançaCirculacioBCN Modificació de adecuación a la normativa estatal referente a vehículos de movilidad personal
Artículo 5. CirculacióN de los peatones
La Ordenanza de 27 de noviembre de 1998 de circulación de peatones y de vehículos queda modificada en estos términos (subrayado la parte que se propone modificar):
Uno.- Se modifica el apartado 1 del artículo 5, que queda redactado de la siguiente forma:
Artículo 5. Circulación de los peatones
1. Los y las peatones circularán por las aceras, preferentemente por su derecha y tendrán preferencia sobre cualquier vehículo que ocupe la acera transitoriamente o con voluntad de permanencia. (...)
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A través de este enlace puedes consultar el artículo 5, encontrarás las modificaciones destacadas en azul. (texto en catalán)
Consultar el texto original completo de la Ordenanza de circulación de peatones y vehículos (enero 1999) (texto en catalán).
Consultar el texto consolidado de la Ordenanza de circulación y vehículos (texto en catalán).
Consultar el texto completo de la propuesta de las modificaciones de la Ordenanza de circulación y vehículos (2023) (texto en catalán)
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El estatuto del peatón ha sido mal establecido en base a la falaz consideración de que moverse a pie por la ciudad es una de las modalidades de la circulación, del tráfico. Desde luego andar es un modo de trasladarse, pero eso no define por completo su genuina condición.
En la ciudad, el ciudadano corriente, si no usa ningún artefacto para su traslación, debería poder moverse con naturalidad, pero también debería poder pararse, estar quieto, y para ello necesita disponer de espacios donde no sienta la amenaza de que un vehículo de cualquier naturaleza pueda arrollarlo, herirlo o matarlo.
No hace tanto, en las ciudades existían esos espacios: todas las aceras permitían estar en la ciudad abandonando la tensión que supone moverse mezclados con los vehículos en marcha, cuyas especies han aumentado exponencialmente. Esos espacios ya no existen.
En resumen, por un lado están los ciudadanos y por otro están los vehículos. Son dos categorías que pueden separarse con claridad. A partir de aquí clasifíquense las numerosas especies de vehículos y háganse las leyes.
Ildefonso Cerdà, quien admiraba el dinamismo de la ciudad industrial, dispuso el ancho de las calles de modo que a los vehículos se reserva el 50% (la calzada de 10 metros) y otro 50% para los ciudadanos sin vehículo.
Hoy día, los ciudadanos cambian de carácter según el vehículo que pilotan; así decimos: las bicicletas, los coches, las motos, los patinetes… pero no decimos “los zapatos”. ¿Ven ustedes la diferencia?
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