+En referencia a la circulación de VMP, se solicita que estos vehículos dispongan de matrícula, y sus conductores, de seguro y formación vial, así como que puedan ir en el transporte público. Estos puntos no son objeto de la presente modificación, dado que en el marco de las competencias estatales está prevista su implementación.
Sí es obligatorio utilizar el casco para los conductores de VMP, ya se recogía en la normativa estatal y ahora lo incluye también la ordenanza.
Respecto a la petición de no circular en calles con más de un carril o sentido de circulación al ser vehículos que no llevan luces direccionales, no se modificará lo que plantea la aprobación inicial de la ordenanza, no es objeto de la OCVV regular las características técnicas del vehículo.
La visibilidad y seguridad de los carriles bici es una de las premisas a la hora de diseñarlos, así como permitir la continuidad de la red bici y su compatibilidad con los carriles de circulación de los vehículos a motor. Sin embargo, esto son criterios de diseño que no forman parte de la OCVV, que no es un documento dirigido a proyectistas, sino a los usuarios del espacio público.
La ocupación de la acera por parte de los VMP de mercancías no debe suponer un incremento de ocupación de los vehículos en acera, puesto que el espacio donde se les permite realizar operaciones de carga y descarga es, en general, el espacio donde se habilita el estacionamiento de motos, por lo que no se contempla añadir esta modificación al texto inicialmente aprobado. Cabe destacar que en el artículo ya se dice por dónde pueden circular las VMP y sigue las especificaciones de la DGT.
En cuanto a la retirada del vehículo estacionado en el mismo lugar durante un mes, este mes será superior al plazo en el que legalmente se pueda estacionar. Por este motivo, los vehículos se pueden multar mucho antes del mes que debe pasar para que se retiren. Sin embargo, la limitación del tiempo permitido en las zonas DUM no se regula en la OCVV; se establece en la señalización correspondiente.
Por último, hay aportaciones haciendo referencia a incrementar el control para hacer cumplir la normativa y sobre la legalización del uso de patinetes y bicicletas eléctricas en el metro o en los FFCC; estos temas no son objeto de la OCVV, y no se incluyen en esta Ordenanza.
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