Contexto del debate
Temas regulados en la ordenanza de convivencia 2005
Atentados contra la dignidad de las personas.
Grafitis, pintadas y otras expresiones gráficas.
Carteles, pancartas y hojas.
Apuestas.
Uso inadecuado del espacio público para juegos.
Ocupación del espacio público con conductas que adoptan formas de mendicidad (si se realizan con coacción o con menores).
Ocupación del espacio público para el ofrecimiento y demanda de servicios sexuales.
Necesidades fisiológicas.
Consumo de bebidas alcohólicas.
Comercio ambulante no autorizado (de alimentos, bebidas y otros productos).
Actividades y prestación de servicios no autorizados (tarot, videncia, masajes o tatuajes).
Uso impropio del espacio público (acampar, utilizar bancos para usos diferentes, lavarse, bañarse o lavar ropa en fuentes, etc.).
Actitudes vandálicas y deterioro del espacio urbano.
Otras conductas que perturban la convivencia en las playas.
La ordenanza NO regula todas las conductas que afectan la convivencia en el espacio público porque algunas ya están recogidas en otras ordenanzas y leyes, por ejemplo:
Basuras Ordenanza de Medio ambiente o la Ordenanza de uso de las vías y espacios públicos.
Drogas/ sustancias ilegales Ley Orgánica de protección de la seguridad ciudadana o Código Penal.
Peleas Ley Orgánica de protección de la seguridad ciudadana o Código Penal
Circulación de patinete eléctrico, motos en las aceras, etc Ordenanza de circulación de peatones y de vehículos
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